Artículo 24 transitorio
POBLADORES RELEGADOS
Desde Santiago son relegados por el plazo de 90 días, a localidades del norte del país (Pisagua, Huara, Mamiña, Codpa, Quillagua, Putre y Camiña), 26 pobladores de Conchalí que miraban el incendio de una barraca en esa comuna, luego de ser acusados de agredir a carabineros y bomberos
en confusos incidentes. Desde Concepción son relegadas otras tres personas a Puerto Porvenir, en el sur del país. Estas relegaciones son dispuestas
haciendo uso del artículo 24 transitorio de la Constitución de 1980.
Sin registro fotográfico
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